Estatutos - Título VII.- De las Comisiones.
Artículo 38º
En la primera asamblea posterior a la elección del Directorio, se procederá a designar una Comisión Revisora de Cuentas, nombrando de entre sus socios tres de ellos, no Directores, para que la integren con las siguientes facultades:
- Comprobar que los gastos e inversiones se efectúen de acuerdo al presupuesto;
- Fiscalizar el debido ingreso y la correcta inversión de los fondos sindicales;
- Velar que los libros de ingresos y egresos, y el inventario, sean llevados en orden y al día.
- Confeccionar dentro de los primeros 120 días de cada año, el informe financiero y contable del sindicato conforme a lo previsto en el inciso final del artículo 22° del presente estatuto.
La comisión Revisora de cuentas será independiente del Directorio, durará tres años en su cargo, debiendo rendir anualmente cuenta de su cometido ante la asamblea. En el evento que parte o la totalidad de sus miembros deje el cargo antes del término de su período, la Asamblea podrá elegir, dependiendo de cual sea el caso, la totalidad o solo los integrantes faltantes, los que integrarán la Comisión hasta completar el período para el cual fueron elegidos originalmente.
Para el mejor desempeño de su cometido, la Comisión podrá hacerse asesorar por un Contador, cuyos honorarios serán siempre de costo del sindicato.
Si la Comisión Revisora de Cuentas tuviere algún inconveniente para cumplir su cometido, comunicará de inmediato y por escrito este hecho a la Inspección del Trabajo respectiva. Si no hubiere acuerdo entre la Comisión y el Directorio, resolverá la asamblea.
Artículo 39º
El Directorio podrá cumplir las finalidades del sindicato asesorado por comisiones, las cuales serán presididas por uno de sus miembros e integradas por los socios que designe la asamblea.
- Indice
- Título I : Finalidades y Principios
- Título II : De la Asamblea
- Título III : Asamblea Nacional de Delegados
- Título IV : El Directorio
- Titulo V : Del Presidente, Secretario Tesorero y Directores
- Titulo VI : De Los Socios
- Título VII : De las Comisiones
- Título VIII : Del Patrimonio del Sindicato
- Título IX : De las Censuras
- Título X : Órgano encargado de los Procedimientos Electorales
- Título XI : De las Sanciones