Estatutos - Título I: Finalidades y Principios
Artículo 1º
Este sindicato que fue fundado en la ciudad de Santiago con fecha 25 de Agosto de 1949, y obtuvo personalidad jurídica mediante Decreto Nº 680. Del 30 de Enero de 1950 del Ministerio de Justicia, con el nombre de “Sindicato Profesional de Empleados del Banco Sud Americano, oficinas de Santiago; que con fecha 9 de Diciembre de 1980 mediante reforma de estatutos recibió el nombre de “Sindicato de Trabajadores de la Empresa Banco Sud Americano; el 10 de Agosto de 1995, se aprobaron nuevas reformas al estatuto que le dieron la denominación SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA BANCO SUD AMERICANO; con fecha 09 de Octubre del año 2003, se reforman nuevamente los estatutos que le dan la denominación de SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA SCOTIABANK SUD AMERICANO con domicilio en la comuna de Santiago y cuya jurisdicción comprenderá el territorio nacional.
Artículo 2º
El Sindicato tiene por objeto preferente fomentar y defender los intereses de sus afiliados y, en especial:
- Representar a los trabajadores en el ejercicio de los derechos emanados de los contratos individuales de trabajo cuando sean requeridos por sus asociados. No será necesario requerimiento de los afectados para que los representen en el ejercicio de los derechos emanados de los instrumentos colectivos de trabajo y cuando se reclame de las infracciones legales o contractuales que afecten a la generalidad de los asociados. En ningún caso podrán percibir las remuneraciones de los afiliados.
- Representar a los afiliados en las diversas instancias de la Negociación Colectiva a nivel de la empresa y, asimismo, previo acuerdo de las partes, cuando la negociación involucre a más de una empresa. Suscribir los instrumentos colectivos del trabajo que corresponda, velar por su cumplimiento y hacer valer los derechos que de ellos nazcan.
- Velar por el cumplimiento de las leyes del trabajo o de la seguridad social, denunciar sus infracciones ante las autoridades administrativas o judiciales, actuar como parte en los juicios o reclamaciones a que den lugar la aplicación de multas u otras sanciones.
- Actuar como parte en los juicios o reclamaciones, de carácter judicial o administrativo, que tengan por objeto denunciar prácticas desleales antisindicales. En general, asumir la representación del interés social comprometido por la inobservancia de las leyes de protección establecidas a favor de sus afiliados, conjunta o separadamente de los servicios estatales respectivos.
- Prestar ayuda a sus asociados y promover la cooperación mutua entre los mismos, estimular, su convivencia humana, e integral y proporcionarles recreación.
- Promover la educación sindical, técnica y general de sus asociados y, en particular promover la constitución de comités bipartitos de capacitación en el marco de la ley.
- Canalizar inquietudes y necesidades de integración respecto de la empresa y del trabajo.
- Propender al mejoramiento de sistemas de prevención de riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, sin perjuicio de la competencias de los comités paritarios de higiene y seguridad, pudiendo además, formular planteamientos y peticiones ante estos y exigir su pronunciamiento.
- Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a fundaciones o corporaciones, mutualidades, fondos u otros servicios y participar en ellos. Estos servicios pueden consistir en asesorías técnicas, jurídicas, educacionales, culturales, de promoción socioeconómica y otras.
- Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a instituciones de carácter previsional o de salud, cualquiera sea su naturaleza jurídica y participar en ellas.
- Propender al mejoramiento de la calidad del empleo.
- Efectuar actividades económicas para incrementar el patrimonio de la organización como las señaladas en el artículo 40 letra h) de estos estatutos, directamente o a través de su participación en sociedades.
Artículo 3º
Si se disolviera el sindicato, sus fondos, bienes y útiles pasarán a poder de la organización sindical que determine el Presidente de la República.
- Indice
- Título I : Finalidades y Principios
- Título II : De la Asamblea
- Título III : Asamblea Nacional de Delegados
- Título IV : El Directorio
- Titulo V : Del Presidente, Secretario Tesorero y Directores
- Titulo VI : De Los Socios
- Título VII : De las Comisiones
- Título VIII : Del Patrimonio del Sindicato
- Título IX : De las Censuras
- Título X : Órgano encargado de los Procedimientos Electorales
- Título XI : De las Sanciones