Estatutos Corporación de Bienestar de los Trabajadores del Banco Sud Americano
TITULO QUINTO: DEL PRESIDENTE
ARTICULO 43º
Corresponde especialmente al Presidente de la Corporación:
a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Corporación;
b) Presidir las reuniones del Directorio y las Asambleas Generales de Socios;
c) Convocar a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de socios cuando corresponda;
d) Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los estatutos encomienden al Secretario, Tesorero y otros funcionarios que designe el Directorio;
e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general de actividades de la Corporación, estando facultado para establecer prioridades en su ejecución;
f) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos que estime conveniente;
h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Corporación;
i)Dar cuenta en la Asamblea General Ordinaria de s ocios que corresponda, en nombre del Directorio, de la marcha de la institución y del estado financiero de la misma;
j) Las demás atribuciones que determinen estos estatutos o que se le encomienden por la Asamblea General de Socios.
Los actos del representante de la Corporación en cuanto no excedan de los límites del cargo que s e ha confiado, son actos de la Corporación; en cuanto excedan de estos límites, sólo obligan personalmente al representante.
ARTICULO 44º
Corresponderá al vicepresidente:
a) El control de la constitución y funcionamiento de las comisiones de trabajo;
b) Reemplazar al Presidente en caso de enfermedad, permiso, ausencia de la Ciudad, renuncia o fallecimiento.
En los casos de renuncia aceptada o de fallecimiento, el vicepresidente ejercerá las funciones hasta la terminación del respectivo período del causante.