Estatutos Corporación de Bienestar de los Trabajadores del Banco Sud Americano
TITULO PRIMERO: DEL NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO, DURACION Y FINALIDADES
ARTICULO 1º
Créase una Corporación denominado "CORPORACION DE BIENESTAR DE LOS TRABAJADORES DEL BANCO SUDAMERICANO".
Esta Corporación se regirá por las normas contenidas en el Título Trigésimo Tercero del Libro Primero del Código Civil, por el Decreto Supremo número ciento diez de mil novecientos setenta y nueve del Ministerio de Justicia y por los presentes estatutos.
ARTICULO 2º
Esta Corporación tendrá sus domicilio en la ciudad de Santiago. Su duración será indefinida y el número de sus Socios ilimitado.
ARTICULO 3º
Las finalidades de esta Corporación serán las de propender al mejoramiento de las condiciones de vida de sus socios, del o las cónyuges de éstos y de las personas que tengan legalmente reconocidas como causantes de asignación familiar, proporcionarles ayuda médica, dental, social y económica, complementaria de la que confieren los organismos pertinentes en conformidad con la legislación actual o futura, y en la medida que sus recursos lo permitan. Ello sin perjuicio que algunas prestaciones puedan darse a tercero, de conformidad a la reglamentación vigente.
ARTICULO 4º
La Corporación no persigue ni se propone fines de lucro, políticos, religiosos o sindicales ni de aquellos que son propios de las entidades que deban regirse por un estatuto legal propio.- Quedan excluidas las discriminaciones, privilegios y distingos sociales, políticos, religiosos o raciales.