Reglamento del Fondo de Ayuda Médica
CAPITULO TERCERO: DEL FINANCIAMIENTO Y DISTRIBUCION DEL FONDO
ARTICULO 9º :
El Fondo se financiará con los siguientes aportes:
a) Con el 2,4% sobre los sueldos bases mensuales de los trabajadores que sean sus beneficiarios, de cargo del Banco, con tope de UF 80.-, y
b) Con el 1,75% sobre dichos sueldos bases, de cargo de los trabajadores a que se refiere la letra anterior, con tope de UF 80.-
ARTICULO 10º :
El Banco descontará de las remuneraciones mensuales de los trabajadores los aportes que correspondan al Fondo, y los integrará a éste con su propia contribución, al día siguiente de efectuado el descuento.
ARTICULO 11º :
El total de los ingresos del Fondo se destinará a tres ítems diferentes:
a) Item de Emergencia, su finalidad será prestar ayuda para casos excepcionales, los cuales serán presentados por la Comisión Administradora del Fondo, al Directorio de la Corporación, para su aprobación.
b) Item de Reserva, su finalidad será la mantención de un margen de seguridad en prevención de fluctuaciones bruscas que pongan al Fondo en peligro de desfinanciamiento, y
c) Item operacional, que corresponderá al 100% del total de los valores recaudados. Su finalidad será la bonificación de los gastos de salud de los beneficiarios que no sean beneficiados por las instituciones de salud.
De los excedentes mensuales serán destinados un 66,66% al ítem de reserva y un 33,34% al ítem de emergencia.
Capítulos Reglamento del Fondo de Ayuda Médica:
- I : Del Nombre, Domicilio, Objeto, Duración y Finalidades.
- II : De los Beneficiarios.
- III : Del Financiamiento y Distribución.
- IV : De la Administración.
- V : De los Beneficios Otorgados.
- VI : Procedimientos.
- VII :Régimen de Doble Concurrencia.
- VIII :Obligaciones de los Beneficiarios.
- IX :Normas Generales.