AFC: empleadores deben suscribir nueva suspensión laboral para extender beneficios a trabajadores
De acuerdo al oficio emitido por la Superintendencia de Pensiones el pasado 3 de noviembre, los trabajadores que hayan recibido su último y 5º giro a partir de agosto y sus contratos laborales estén suspendidos bajo la Ley de Protección del Empleo, sólo podrán recibir nuevos pagos con cargo al Fondo de Cesantía Solidario si su empleador suscribe un nuevo pacto de suspensión.
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